LatinoCurioso
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¿Respetar a los clientes es obligación o licencia? En España, la normativa de protección al cliente ya se aplica en el ámbito empresarial desde hace varios años. Sin embargo, muchos restaurantes y establecimientos comerciales siguen cobrando a los clientes que no han cumplido con sus compromisos.
El caso es que, si un cliente reserva una mesa o un servicio en un restaurante y luego nunca llega, ¿debería el establecimiento cobrarle por su reservación? La respuesta es un resounding "no", según muchos expertos en derecho y responsabilidad empresarial.
La normativa de protección al cliente garantiza la posibilidad para los clientes de cancelar o retrasar sus pagos sin sanción, siempre y cuando haya un plazo razonable antes del día de la reserva para comunicarse con el establecimiento.
En este sentido, el director general del Ministerio de Consumo, Elena Ponsatí, señaló que "el consumidor tiene derecho a cancelar o retrasar su pago en una sola oportunidad, siempre y cuando se notifique antes del día de la reserva".
Por otro lado, un abogado especializado en derecho empresarial, Pablo Sánchez, explicó que "el establecimiento puede cobrar el 50% del monto de la reservación si el cliente cancela con más de 30 días de antelación, pero esto no es obligatorio".
En resumen, mientras algunos establecimientos pueden cobrar al cliente que cancela o retrasa su pago, otros siguen sin cumplir con esta normativa.
El caso es que, si un cliente reserva una mesa o un servicio en un restaurante y luego nunca llega, ¿debería el establecimiento cobrarle por su reservación? La respuesta es un resounding "no", según muchos expertos en derecho y responsabilidad empresarial.
La normativa de protección al cliente garantiza la posibilidad para los clientes de cancelar o retrasar sus pagos sin sanción, siempre y cuando haya un plazo razonable antes del día de la reserva para comunicarse con el establecimiento.
En este sentido, el director general del Ministerio de Consumo, Elena Ponsatí, señaló que "el consumidor tiene derecho a cancelar o retrasar su pago en una sola oportunidad, siempre y cuando se notifique antes del día de la reserva".
Por otro lado, un abogado especializado en derecho empresarial, Pablo Sánchez, explicó que "el establecimiento puede cobrar el 50% del monto de la reservación si el cliente cancela con más de 30 días de antelación, pero esto no es obligatorio".
En resumen, mientras algunos establecimientos pueden cobrar al cliente que cancela o retrasa su pago, otros siguen sin cumplir con esta normativa.